IRPF: prórroga de deducciones, límites en la obligación de declarar, límites de módulos y otras medidas.
1. INTRODUCCIÓN.
Ha sido aprobado el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (BOE de 6 de diciembre), aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
Este reglamento desarrolla lo contemplado en la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal en lo que se refiere a los procesos de facturación para asegurar la estandarización de sistemas y programas informáticos de facturación y evitar la alteración de las facturas y facturas simplificadas una vez emitidas. Asimismo, esta norma también pretende conseguir la modernización de la dotación digital de pymes, microempresas y autónomos, a la vez que lograr una mejora en el cumplimiento tributario y en la lucha contra el incumplimiento.
En fecha 13 de mayo, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo.
Este es un resumen con sus principales contenidos:
FUERZA MAYOR TOTAL (Artículos 1.1, 4.1 y 4.5).
El Decreto 44/2020, de 3 de abril, del Consell, establece ayudas urgentes a personas trabajadoras en régimen de autónomo afectadas por el COVID-19 en la comunidad valenciana, cuyo plazo solicitud se iniciará a las 09.00 horas día 08-04-2020 y finalizará a las 09.00 horas día 04-05-2020.
1. BASES
El Decreto 44/2020, de 3 de abril, del Consell (DOCV 04-04-2020)
Convocatoria (Extracto DOCV 04-04-2020)
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social, cuyo contenido sintetizamos en la presente nota, que sintetizamos a continuación:
1. Se prorrogan para 2020 los límites de facturación de la tributación por módulos para los autónomos
2. Se mantiene la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio, un tributo cuya recaudación está cedida a las comunidades autónomas
3. Se actualizan los valores catastrales, al alza o a la baja, de los municipios que lo hayan solicitado
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, publicada en el BOE del día 4 de julio, introduce en el ámbito fiscal algunas novedades desde el 05/07/2018 (salvo que se indique otra fecha). Pasamos a detallar las que consideramos más significativas:
I.R.P.F.
1. Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
Se aumenta la reducción por obtención de rendimientos del trabajo. De esta forma, se amplía el umbral de tributación, es decir, la cuantía del salario bruto anual a partir de la cual se empieza a pagar por IRPF. Con esta medida, se reduce la carga impositiva de los trabajadores con menores rentas.
El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, estable medidas con efectos tributarios y laborales para las empresas y trabajadores.
EN EL ÁMBITO TRIBUTARIO
Suspensión de plazos en el ámbito tributario.
Los plazos de pago de la deuda tributaria, los vencimientos de los plazos y fracciones de los acuerdos de aplazamiento y
fraccionamiento concedidos, los plazos relacionados con el desarrollo de las subastas y adjudicación de bienes, diligencias de embargo y solicitudes de información con trascendencia tributaria, para
PRINCIPALES NOVEDADES LABORALES Y FISCALES DEL REAL DECRETO-LEY 28/2018
1. NOVEDADES EN MATERIA LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL:
1.1. Cuota de autónomos 2019 (RETA)
Se aprueba el aumento de la base mínima de cotización de autónomos, pasando de los 932,70 euros de 2018 a 944,35 euros a partir del 1 de enero de 2019, si bien se establecen reglas especiales para aquellos autónomos que sean menores de 47 años, quienes podrán elegir la base de cotización dentro de los límites mínimo y máximo establecidos con las salvedades que dispone la propia norma, así como para autónomos de más de 50 años que hubiesen cotizado en cualquier otro régimen de la Seguridad Social durante más de cinco años.
El pasado 12 de junio de 2018 se publicó en el BOE la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas. Esta norma, conocida como la ley de desahucio exprés, fue aprobada por la Comisión de Justicia del Congreso en el mes de abril, cuya entrada en vigor, se produjo pasado 2 de julio. Su principal objetivo es acelerar el desalojo de los grupos organizados que “okupan” viviendas de forma ilegal. La ocupación ilegal, esto es, la ocupación no consentida ni tolerada, no es título de acceso a la posesión de una vivienda ni encuentra amparo alguno en el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna.
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Actualidad
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